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Senado devuelve con cambios a Diputados proyecto de ley de registro nacional de personas desaparecidas

El proyecto de ley que Crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas fue modificado desde el acápite en el Senado. La mayoría de las modificaciones son de forma. Aunque en el artículo 3° ...

El proyecto de ley que Crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas fue modificado desde el acápite en el Senado. La mayoría de las modificaciones son de forma. Aunque en el artículo 3° de la norma se da mas fuerza a que tanto la Policía como la Fiscalía actúen cuando haya una denuncia de desaparición.

A los efectos de la presente ley se entenderá como persona desaparecida a toda persona cuyo paradero se desconozca, cualquiera sea su edad, sexo, nacionalidad o condición, y cuya ausencia ausencia haya sido denunciada formalmente ante las autoridades competentes, existiendo “o no” indicios razonables de que su vida, integridad fisica, psicológica o libertad personal pudiera encontrarse en riesgo.

Pelea entre Zacarías y Lizarella

La primera modificación aprobada fue defendida por el senador Javier Zacarías Irún (ANR, HC), presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales. Sin embargo, la senadora Valiente pidió que se modifique el texto y se incluya que la denuncia se sustente en una razón de carácter alarmante para que sea considerada fidedigna.

El senador Zacarías Irún dijo que la modificación es ridícula y subjetiva decir lo que es alarmante o no. “En caso que de haya una denuncia temeraria o falsa es el Código Penal el que prevé el castigo. ”Sería un crimen que nosotros dejemos al arbitrio de la autoridad competente si existe o no indicios o riesgos de un hecho punible de la desaparición de la persona y más si hablamos de proteger a los niños". dijo.

“Estoy en comunicación con los del Ministerio de la Niñez y me piden por favor que aprobemos como habíamos consensuado con tres comisiones”, dijo la senadora cartista y el senador Ramón Retamozo (ANR) pidió indirectamente a su colega interpretar y leer la propuesta de legislación.

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“En el Senado no somos secretarios de ningún ministerio y de ningún ministro. Nosotros tenemos que legislar de acuerdo a lo que le conviene a la ciudadanía y lo que le conviene a la población. No somos secretarios del Ministerio de la Niñez, eso no es garantía para poner lo que ellos quieren”, dijo Zacarías.

Otras modificaciones en el proyecto de ley

En el artículo 10 se plantea y agrega en negrita que: cualquier persona podrá comunicar y se faculta a todo el personal de la Policía Nacional a activar el sistema de alerta Mafe. Mientras que, en el artículo 11°, se señala que cualquier persona podrá denunciar la desaparición de una persona cuando se desconozca su paradero “o no” y se tema la afectación a su vida, integridad física o psíquica.

El proyecto de ley plantea crear un Registro de Personas Desaparecidas (Renaped) y el Sistema Nacional de Alerta Inmediata para la Búsqueda de Personas Desaparecidas (Mafe) a cargo de la Policía Nacional a fin de garantizar la localización segura y oportuna de toda persona cuyo paradero desconozca, con especial prioridad hacia personas en situación de vulnerabilidad.

Fuente: https://www.abc.com.py/politica/2025/09/17/senado-devuelve-con-cambios-a-diputados-proyecto-de-ley-de-registro-nacional-de-personas-desaparecidas/

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