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Proponen ley anti “willys” y carreras clandestinas

En la Cámara de Diputados ingresó un proyecto de ley qu...

En la Cámara de Diputados ingresó un proyecto de ley que busca evitar las carreras clandestinas de vehículos motorizados, elevando a crimen la actividad y se prevé sanciones severas para los organizadores.

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Se trata del proyecto de ley “Que tipifica como crimen la realización de carreras clandestinas de vehículos motorizados y establece el decomiso de vehículo como sanción accesoria”, cuyos proyectistas son los diputados cartistas: Liz Acosta, Yamil Esgaib y Jorge Barressi.

En la argumentación de la iniciativa parlamentaria se tipifica como carreras clandestinas toda competencia de velocidad entre uno o más vehículos motorizados que realizan de la siguiente forma:

a) Sin autorización de la autoridad competente.

b) En vías públicas o privadas sin las medidas de seguridad establecidas por ley.

c) Con fines de lucro, apuestas o exhibicionismo.

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Las sanciones

En ese contexto se incorpora un nuevo artículo al Código Penal Paraguayo:

Artículo 217-A. Carreras clandestinas: el que organizare, promoviere, participare o facilitare carreras clandestinas de vehículos motorizados, será castigado con pena privativa de libertad de tres a ocho años, sin perjuicio de otras sanciones aplicables por hechos punibles conexos.

Si del hecho resultare muerte, lesión grave o daño a bienes ajenos, la pena será de cinco a diez años de privación de libertad.

Asimismo, también se pone como sanción el decomiso definitivo de vehículo utilizado en las carreras clandestinas.

Los vehículos decomisados serán destinados prioritariamente a:

a) Instituciones del Estado para tareas de seguridad o prevención.

b) Venta pública para financiar programas de seguridad vial y educación.

En cuanto, a las agravantes se especifica que si el hecho fuere cometido por funcionarios públicos, si utilizaren vehículos modificados ilegalmente y si empleare menores de edad para participar o asistir en las carreras se aumentará la pena hasta en un tercio.

En tanto que, el juzgamiento de los hechos previstos en la ley, de aprobarse, corresponderá a los tribunales penales ordinarios conforme a las disposiciones del Código Procesal Penal.

Fuente: https://www.abc.com.py/politica/2025/07/28/proponen-ley-anti-willys-y-carreras-clandestinas/

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