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Mafia de los pagarés: “patrones de conducta de jueces de Paz consolidan redes de corrupción”, sostiene fiscala del JEM

El jueves último se llevó a cabo la audiencia de alegatos finales ante el J...

El jueves último se llevó a cabo la audiencia de alegatos finales ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), por parte de la fiscala acusadora del órgano Cinthia Vera y por parte de la defensa del procesado en el caso conocido como mafia de los pagarés juez de paz del distrito de la Catedral 1° Turno, Gustavo Enmanuel Villalba Báez, ejercida por el abogado Luis Fernández Sacur.

En sus alegatos, la fiscala Vera enumeró un total de cinco hechos irregulares constatados en al menos 194 expedientes tramitados en el juzgado de Enmanuel Villalba, por lo que concluyó que cometió mal desempeño funcional y pidió como sanción la remoción del mismo. En tanto que la defensa, ejercida por el abogado José Miguel Fernández Zacur, pidió la absolución de Villalba pues sostuvo que el mismo no puede ser considerado responsable de las irregularidades atribuidas a terceros.

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Tras la presentación de las diligencias, la presidenta del órgano Dra. Alicia Pucheta, cerró el plazo para la presentación de nuevas pruebas o alegatos en el marco del enjuiciamiento al magistrado Enmanuel Villalba, y llamó a autos para sentencia a fin de dictar próximamente un fallo sobre el caso.

Cabe recordar que el juez Villalba fue suspendido el 30 de abril de 2025 sin goce de salario. Esto tras el pedido hecho por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), que a su vez dio por iniciado un enjuiciamiento a Villalba, el 3 de abril de 2025, por un lado, por presunto mal desempeño de funciones y por el otro, por presunta comisión de hechos punibles como efecto del proceso penal que impulsa la Fiscalía.

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Al momento de sus alegatos finales, la fiscala del JEM Cinthia Vera citó un total de cinco hechos irregulares que cometió el juez de paz Enmanuel Villalba.

Así, refirió primero el “no haber proveído presentaciones que se encontraban en despacho con plazos presumiblemente vencidos”; como segundo hecho indicó que el juez agregó o permitió que se agreguen a los expedientes resoluciones signadas por él y su actuario judicial, sin número ni fecha, soslayando sus deberes.

Como tercer hecho, Vera expuso el “no haber prevenido presentaciones de las partes que guardaban relación con el dictado de resoluciones; mientras que, como cuarto acto, detalló como el “haber dictado providencias que ordenan la expedición de órdenes de pago para extracción de fondos, aplicando disposiciones de las acordadas número 1.366, 1.370 y 1.373, todas del año 2020, emergencia sanitaria por COVID, siendo que estas normas ya no están vigentes”.

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Y como quinto y último hecho, dijo el “haber permitido que funcionarios a su cargo inobserven disposiciones normativas y administrativas”, por lo que “a la luz de las pruebas, los hechos configuran la conducta de mal desempeño”.

En tal sentido, explicó que “se observa en la conducta del magistrado que este ignora el mandato legal de actuar según sus funciones y dentro de los términos que la ley le exige, afectando el debido proceso, lo que constituye una vulneración directa al derecho de obtener una resolución judicial según los términos previstos en la normativa procesal”.

Así, la fiscala detalló que de los 231 expedientes que fueron objeto de auditoría, un total de 194 expedientes se encontraban fuera del plazo procesal; además, de estos 105 expedientes se encontraban pendientes de ser proveídos, que correspondían a la Secretaría N° 1 y 89 expedientes a la Secretaría N° 2.

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Vera también refirió que en su contestación, el magistrado pretendió deslindar responsabilidad atribuyendo los hechos a la mora judicial; sin embargo, para la fiscala dijo “es bien sabido que lo acusado ante esta instancia es el incumplimiento de la norma por no dictar esas providencias y esas resoluciones en el plazo establecido. La inobservancia normativa no tiene justificación alguna, ni en problemas estructurales, mucho menos sobrecarga laboral, menos la falta de recursos materiales y humanos”.

Añadió al respecto la fiscala del JEM que “toda inobservancia normativa grave configura mal desempeño funcional. El efecto causado en este actuar constituye una falta grave al deber de la tutela judicial efectiva, del impulso procesal, violentando directamente la estructura de los plazos del sistema jurídico paraguayo. Y cuando esta omisión se proyecta no sobre casos aislados, sino sobre un volumen tan significativo como 194 causas, la situación deja de ser un descuido para convertirse en un patrón de conducta”.

“La reiteración de conductas negligentes o irregulares no solo perpetúa el daño, sino que lo amplifica, permitiendo que las personas sean afectadas bajo la apariencia de legalidad”, amplió en su alegato la fiscala acusadora Cinthia Vera.

Y sobre ese aspecto, Vera subrayó que la actuación judicial provocó un daño que “no fue solamente económico, fue psicológico, fue social, y los principales responsables hoy deben ser juzgados y obtener una sentencia ajustada a sus actuaciones”.

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A su turno el abogado José Miguel Fernández Zacur, quien ejerce la defensa del juez de paz procesado Enmanuel Villalba, señaló que “lo cierto y lo concreto es que los hechos endilgados tienen una causal específica, que es la mora, y por ende no aplica la causal genérica que la fiscal pretende endilgar, lo que básicamente se atribuye es haberse encontrado una ”x" cantidad de expedientes en despacho pendientes para proveer fuera de plazo procesal, y esto no es ni más ni menos que mora”.

A continuación agregó que “ni la jurisprudencia constante y pacífica del Jurado establece que para que se constituya mora tiene que existir como filtro previo la queja por retardo de justicia”, tras agregar que en ninguno de los expedientes citados por la fiscala hubo quejas.

En cuanto a que el magistrado Villalba integró el esquema de la mafia de los pagarés, Sacur apuntó a que “si el magistrado hubiese integrado ese esquema, por lógica, hubiese tratado de acelerar los procesos en favor de los ejecutantes. Sin embargo, por otra parte, se le atribuye mora. ¿En qué quedamos?”.

En otro momento, Zacur sacó toda responsabilidad de encima al juez suspendido Enmanuel Villalba y atribuyó a la falta de diligencia a la precariedad de infraestructura del juzgado. El abogado defensor indicó que hay en trámite más de 60.000 expedientes en dicho juzgado.

“Si el juez tuviese que revisar uno por uno esos expedientes, por lo menos una vez al mes, trabajando 8 horas por día, durante 5 días a la semana, tiene la friolera de 11 segundos para poder abocarse al estudio de los expedientes. Existe posibilidad de cometer un error humano. En este caso en particular, lo único que se hizo es invocar incorrectamente una norma, pero el contenido de la providencia estaba correcto”.

Luego refirió Zacur: “no se puede sancionar a un magistrado por no haber hecho algo que está absolutamente fuera de sus manos”.

Posteriormente atribuyó responsabilidad a los actuarios, indicando que los mismos “en calidad de jefes, son los encargados de las funciones de supervisión, disciplina y control. Si el juez tuviese que ocuparse de esas actividades, eliminemos el cargo de actuario y que el juez haga de secretario de segundo piso también”.

Y por último refirió “la fiscal acusadora pretende que los jueces sean una suerte de semidioses griegos infalibles, fue un error material en tres expedientes de 60.000 que no causó ningún agravio”, para posteriormente solicitar la absolución de su cliente.

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La docente Carmen Rodríguez es una de las tantas víctimas de la conocida mafia de los pagarés. Su caso se tramitó ante el juzgado de Analía Cibils, donde se ordenó el descuento de salario del 50%, por la compra de una impresora por la que pagó entre G. 500.000 a G. 1.000.000 y terminó pagando así G. 27.000.000.

En otro caso, por un préstamo por G. 4.000.000 terminó pagando G. 39.000.000; y un tercer caso, también por un préstamo. La docente señala que desde el 2022 busca acceder a su expediente, pero cuando acude al juzgado “no lo encuentran”.

“La jueza tiró la bomba atómica y cómo te vas a recuperar de eso, si no hay acciones concretas. Hizo demasiado daño. Hay niños que no están pudiendo comer, hay carreras que no se pueden terminar y otras personas que están con depresión”, expresó la profesora Rodríguez.

Como víctimas de la mafia de los pagarés exigen que se acabe la impunidad, que se les escuche y que se revean esos casos tramitados ante los juzgados de paz, especialmente los que firmó la jueza Analía Cibils.

En cuanto al proceso de Analía Cibils, la audiencia de alegatos finales se postergó para este jueves 30 de abril, debido a que la misma había provocado la suspensión de la presentación prevista para el 23 de abril con la presentación de una reposición contra su convocatoria. Finalmente el pleno rechazó su incidente por improcedente.

Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2026/04/26/mafia-de-los-pagares-patrones-de-conducta-de-jueces-de-paz-consolidan-redes-de-corrupcion-sostiene-fiscala-del-jem/

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