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Juez reabre causa contra Boidanich y lo cita para audiencia preliminar

A través del Auto Interlocutorio (AI) N° 169, el juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia, ordenó reabrir la causa contra ...

A través del Auto Interlocutorio (AI) N° 169, el juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia, ordenó reabrir la causa contra Óscar Atilio Boidanich Ferreira, el ex titular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Raquel Concepción Cuevas Arzamendia y Melissa María del Mar Parodi González, por supuestamente retrasar la entrega de un informe de inteligencia sobre Darío Messer.

Los citados fueron acusados por los hechos punibles de lavado de dinero (artículo 196) y frustración de la persecución y ejecución penal (artículo 292), en calidad de coautores, por los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Fernando Meyer y Verónica Mayor, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA).

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Así también, convocó a los acusados y a los fiscales para realizar la audiencia preliminar, el 7 de julio próximo a las 8:30.

La acusación del Ministerio Público refiere sobre los tres acusados, que retardaron comunicar un informe de inteligencia sobre existencia de hechos relacionados al lavado de activos, con esto se postergó injustificadamente por unos 10 meses el inicio de un proceso penal contra Darío Messer que habría ocasionado el secuestro o comiso de los bienes obtenidos de forma ilícita.

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Brasil comunicó que Messer era investigado

Dice la fiscalía que conforme a lo comunicado por la Unidad Interna Financiera de Brasil, Darío Messer estaba siendo investigado por lavado de dinero y otros crímenes en el Brasil, lo cual habilitaba a solicitar el comiso de sus bienes.

“ En nuestra legislación penal, para la aplicación del comiso autónomo, se requiere como requisito la existencia de un hecho antijurídico, no está supeditada a una condena del autor, el juicio se realiza sobre la cosa, por lo que puede ser aplicada a los objetos o los beneficios obtenidos ilícitamente, motivo por el cual, los acusados retardaron la comunicación del informe de inteligencia al Ministerio Público”, cuestionan los fiscales

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Luego, la unidad anticorrupción explica que “la norma no requiere el conocimiento pormenorizado de que existe un delito previo, sino esencialmente que el autor, coautor o cómplice de Lavado de dinero sepa o pueda sospechar en forma razonable que el dinero o bienes que se pretende ocultar, transformar o simular se originaron de una serie de acciones antijurídicas, a modo de lego”.

Sobre este punto enfatizan los investigadores: “En el caso particular, la SEPRELAD contaba con información del Brasil sobre las actividades ilícitas desarrolladas por Darío Messer, por lo que los acusados estaban en condiciones de tener como probable que los objetos que serían secuestrados o comisados tendrían un origen”.

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Acusados asumieron riesgo ilicito

“Es importante mencionar, que si bien los acusados no tenían información de los objetos o bienes que podrían ser secuestrados o comisados, ni conocían la participación o conducta presuntamente punible de los demás sujetos allegados a Darío Messer, la norma paraguaya, no previó un elemento subjetivo adicional como el ánimo de lucro o de beneficio, por lo que cabría la sanción de una conducta ya con darse cualquier tipo de dolo, hasta el eventual, el cual no requiere un conocimiento como seguro de la procedencia del objeto y el anhelo del resultado, sino que basta el simple conocimiento de considerar el resultado (frustrar u peligrar el comiso) como posible y sin anhelar el resultado”, añade el escrito.

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Concluye señalando que para que se configure el hecho de lavado de activos basta la conducta con dolo eventual, es decir, no es necesario que los autores Oscar Boidanich, Raquel Cuevas y Melissa Parodi hayan conocido directamente la procedencia ilícita de los bienes, o los bienes propiamente, “pero en razón de las circunstancias objetivas del caso, esta situación se presentó como probable, sin embargo, los acusados asumieron ese riesgo ilícito”.

La denuncia fue formulada por los exfiscales Liliana Alcaraz (actual ministra de Seprelad) y René Fernández, (exministro anticorrupción y de Serprelad).

La Fiscalía había pedido el sobreseimiento provisional y unaño más para investigar. Esto con el fin de incluri varios informes tanto a través de cooperación internacional con Brasil, como de la propia Seprelad.

Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2025/06/17/juez-reabre-causa-contra-boidanich-y-lo-cita-para-audiencia-preliminar/

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