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Imposición sobre reservas podría derivar en procesos de descapitalización, advierten

La intención del gobierno de limitar las utilidades en reserva como parte del plan para recaudar sigue generando críticas desde distintos sectores como gremios empresariales, profesionales del de...

La intención del gobierno de limitar las utilidades en reserva como parte del plan para recaudar sigue generando críticas desde distintos sectores como gremios empresariales, profesionales del derecho y la contabilidad que advierten serias consecuencias de este tipo de intervención por parte de las autoridades de turno.

El Ministro de Economía y Finanzas (MEF) Carlos Fernández Valdovinos anunció la semana pasada que estamos en un contexto de “economía de guerra” por lo que se vendría un “ajuste de cinturones” por la fuerte baja de las recaudaciones. Sin embargo, con las primeras medidas pronunciadas como la intención de limitar el tiempo (a tres años) para que las empresas mantengan su utilidad o ganancia en reserva nuevamente se está apuntando a los contribuyentes.

Sobre el punto, el Dr Ricardo Diaz de la Consultora Descalzo & Asociados también advierte sobre los impactos y daños que podría traer esta nueva imposición en caso de prosperar.

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Impacto económico

El profesional advirtió que desde el punto de vista económico, una medida de esta naturaleza podría generar efectos no deseados. En ese sentido, detalló que la imposición sobre reservas podría incentivar la distribución anticipada de utilidades, aun en contextos en los cuales su retención resulta financieramente prudente.

Alerto que esto podría derivar en procesos de descapitalización empresarial, afectando la capacidad de inversión, crecimiento y resiliencia de las compañías, y con consecuente impacto en la economía.

Detalló igualmente que las normas tributarias no solo cumplen una función recaudatoria, sino que también pueden incidir en las decisiones económicas de los agentes. “En este sentido, penalizar la acumulación de reservas podría desincentivar prácticas de fortalecimiento patrimonial que, en muchos casos, resultan fundamentales para la sostenibilidad de las empresas”, afirmó.

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El profesional dijo que si bien es legítimo que la política fiscal busque mecanismos para incrementar la recaudación, acotó que cualquier intervención en esta materia debería diseñarse con criterios de razonabilidad y proporcionalidad, distinguiendo entre conductas meramente conservadoras y aquellas que pudieran responder a estrategias de planificación fiscal agresiva.

No obstante, consideró que el impacto final de una eventual reforma dependerá, en gran medida, de la reacción de los agentes económicos y de las decisiones que adopten los accionistas respecto de las utilidades distribuidas.

En este escenario, el profesional destaca que el desafío radica en equilibrar los objetivos de recaudación con la necesidad de preservar la solidez financiera del sector empresarial

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Consideraciones tributarias: Carece de sustento técnico

El Dr Ricardo Diaz también reflexionó sobre las implicancias tributarias en cuanto a la medida que buscan implementar desde la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT)

En se sentido mencionó que la normativa vigente establece con claridad que el hecho generador del Impuesto de los Dividendos y Utilidades (IDU) se configura únicamente ante la distribución de utilidades o dividendos con cargo al patrimonio de la entidad, en favor de sus socios o accionistas y que en este contexto, la constitución de reservas facultativas —entendida como la reclasificación de resultados acumulados dentro del patrimonio neto— no implica una erogación ni una puesta a disposición de utilidades.

Explicó que esto se trata de un movimiento meramente permutativo entre cuentas patrimoniales (resultados acumulados y reservas), que no altera la cuantía total del patrimonio neto ni supone transferencia económica alguna hacia los titulares del capital.

“En consecuencia, desde una interpretación estrictamente jurídica de la norma, dicha operación no configura el hecho generador del tributo. Atribuir a la constitución de reservas facultativas un carácter elusivo carece de sustento técnico, en tanto no produce los efectos jurídicos ni económicos que la legislación asocia a la distribución de utilidades.

Añadió que la propuesta de gravar la permanencia de reservas facultativas — ya sea mediante límites temporales o cuantitativos— implicaría una modificación sustancial del esquema vigente. “En efecto, se pasaría de un sistema que grava la efectiva distribución de resultados a otro que podría alcanzar su mera retención dentro de la empresa”, señaló.

Advirtió que tal cambio no solo alteraría el hecho generador del impuesto, sino que eventualmente también podría incidir en la determinación del sujeto pasivo, desplazando la carga tributaria desde los socios o accionistas hacia la propia entidad, lo que podría interpretarse como la introducción de una nueva figura impositiva, más que como un simple ajuste del régimen existente.

Fuente: https://www.abc.com.py/economia/2026/03/22/imposicion-sobre-reservas-podria-derivar-en-procesos-de-descapitalizacion-advierten/

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