
Fiscalía pide ratificar 8 años de cárcel para Joaquín Roa por corrupción en la SEN
El fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción Silvio Corbeta Dinamarca contestó los recursos de apelación especial presentados por las defensas del exministro de la Secretaría de Emergencia...
El fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción Silvio Corbeta Dinamarca contestó los recursos de apelación especial presentados por las defensas del exministro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) Joaquín Roa Burgos y el empresario Alberto Koube Ayala; y pidió al Tribunal de Apelaciones que confirme las condenas a 8 y 6 años de cárcel, en ese orden, para ambos encausados.
En el escrito de contestación el agente del Ministerio Público resalta que en la Sentencia Definitiva N° 663 del 22 de diciembre de 2025, dictada por el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos integrado por las juezas Elsa García (presidenta), Ana Rodríguez Brozón y Sonia Sánchez, “no son apreciadas inobservancias o erróneas aplicaciones de preceptos legales, en cuanto a la fundamentación y acreditación de la tipificación de los hechos punibles y al grado de participación de los hoy condenados”.
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En consecuencia, Corbeta afirma que no existen casos de nulidad absoluta que deban ser estudiados por el tribunal de alzada, ya que la sentencia recurrida por las defensas no posee ningún tipo de vicio que la haga impugnable.
La condena a 8 años de cárcel para Joaquín Roa, dictada por unanimidad del Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos, es por los hechos de cohecho pasivo agravado (coima), lesión de confianza, administración en provecho propio, lavado de dinero y lavado de activos; y de 6 años de prisión para Alberto Koube Ayala es por soborno agravado, lesión de confianza, administración en provecho propio, lavado de dinero y lavado de activos.
Condena a Roa y Koube “no es un simple capricho”Entre los argumentos señalados por el fiscal Silvio Corbeta, al momento de solicitar la confirmación de la S.D N° 663, resalta que el fallo de primera instancia a todas luces desagrada a los apelantes y que, tratando de rever esta situación, recurren a la apelación especial, intentando que el tribunal de alzada entre de nuevo al estudio de la forma en que los jueces de Sentencia valoraron las pruebas y tipificaron los tipos penales, luego del debate realizado durante el juicio oral.
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Sobre el punto el fiscal anticorrupción remarca que la sentencia condenatoria “no deviene de un simple capricho por parte de las juezas que componen el Tribunal de Sentencia”; sino que fuera producto de la sustanciación de juicio oral y público, por un periodo ininterrumpido de siete meses aproximadamente, y la correcta aplicación de las normas penales como procesales.
Agrega que durante el debate oral las partes tuvieron oportunidad de reproducir varios elementos probatorios ofrecidos conforme a las reglas de carácter formal, para su posterior valoración de manera conjunta y armónica, ya sean de carácter documental, pericial o testimonial; y los mismos resultaron oportunos y conducentes para que las juezas que forman parte del Tribunal de Sentencia, por unanimidad, formaran convicción en relación a las conductas probadas contra los acusados.
En ese sentido, Corbeta remarca que toda la sentencia está sustentada en hechos debidamente acreditados sobre la base de elementos de prueba sólidos y contundentes, legalmente introducidos y producidos en el juicio oral.
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Licitaciones amañadas por G. 16.080 millonesEn el juicio oral quedó probado que Joaquín Roa, en el periodo entre enero de 2018 y diciembre de 2021, se desempeñó como ministro de la Secretaría de Emergencia Nacional y que durante este tiempo direccionó licitaciones por un total de G. 16.080.000.000, a varias empresas vinculadas a Alberto Koube Ayala.
La presidenta del tribunal, Elsa García, puntualizó que la coima de parte de Alberto Koube al entonces ministro Joaquín Roa quedó probada a través de la entrega de la embarcación Azimut AZ 42 y el pago del tour por Europa.
En ese sentido, la magistrada resaltó que durante su administración Joaquín Roa “aceptó una embarcación de la marca Azimut AZ42, ofrecida por Alberto Koube, importada por el Grupo Tapyracuai SA, el 16 de agosto del 2018”.
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García también expresó al momento de dar a conocer la sentencia que, “con la finalidad de disimular el fin de la embarcación, a cambio de direccionar las licitaciones, Joaquín Roa y Alberto Koube confeccionaron un contrato de compraventa, en la que el Grupo Tapyracuai SA, representado por Koube, vendía una embarcación por valor de US$ 450.0000 a Roa”.
Koube era el beneficiario finalEn cuanto al empresario Alberto Koube Ayala, enjuiciado también en la “causa madre” del caso A Ultranza Py, para el Tribunal de Sentencia quedó probado que el empresario Alberto Koube era quien estaba detrás de las licitaciones ofrecidas por la SEN. En este sentido, era él quien tomaba las decisiones y obtenía los beneficios con las adjudicaciones de las mismas, en cada llamado.
Además, todos los procesos de licitaciones fueron simulados ya que era Alberto Koube el beneficiario final, de acuerdo con lo remarcado por el Tribunal Especializado en Delitos Económicos en la Sentencia Definitiva N° 663 del 22 de diciembre de 2025.
Al finalizar el juicio oral el Tribunal de Sentencia dispuso el levantamiento del arresto domiciliario para el exministro Joaquín Roa y dictó su libertad ambulatoria. Así también, además de la pena física, se le impuso la sanción adicional de inhabilitación especial por 5 años para ocupar cargos públicos.
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Los jueces decretaron el comiso especial de la embarcación Azimut AZ 42, así como el mantenimiento de la medida cautelar de secuestro sobre la misma y que quede a cargo de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico); además, decretó la medida de embargo preventivo sobre dicho bien, que fue la moneda de cambio entre Roa y Koube a cambio de direccionar las licitaciones.
