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Fiscalía dice que préstamos de Cartes y Tabesa a terceros son “legales”

Más de G. 1,7 billones (unos 300 millones de dólares a la cotización de agosto de 2018) declaró el ...

Más de G. 1,7 billones (unos 300 millones de dólares a la cotización de agosto de 2018) declaró el expresidente Horacio Cartes como cuentas a cobrar cuando dejó entonces el cargo. Se trata de un volumen millonario de préstamos otorgados por el actual presidente de la Junta de Gobierno a diferentes empresas en las cuales tenía participación accionaria, a su hermana Sarah Cartes y el Club Libertad.

Los registros de Cartes detallan que en la entidad deportiva tenía “cuentas a cobrar” por G. 47.291 millones, mientras que su hermana de G. 330.000 millones. Atendiendo estos montos, el acusado exministro del Interior Arnaldo Giuzzio denunció que ni el exmandatario ni Tabacalera del Este SA (Tabesa) estaban inscriptos, registrados y regulados como prestamistas o intermediarios financieros, por lo que al no declarar los ingresos de esta actividad comercial, estaría incurriendo en presunta evasión de impuestos.

Tabesa también aparecía otorgando créditos a medios de comunicación, empresas y personas físicas.

Los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Verónica Mayor y Fernando Meyer, en la desestimación del caso, citan el art. 1º de la Ley Nº 861/96 “General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito”, que solo se requiere inscripción si la persona “capta de manera habitual recursos financieros del público para conceder créditos”. Argumentan que si los préstamos se hacen con recursos propios y sin intermediación financiera, la ley los excluye.

Lo contradictorio es que el Ministerio Público llegó a esa conclusión sin que entre sus diligencias citadas se encuentre alguna consulta o dictamen del Banco Central del Paraguay (BCP). Esto atendiendo que la misma ley 861/96 en su art. 3º establece: “Quedan excluidas de esta ley las personas físicas o jurídicas que actúan en el mercado financiero y de crédito con recursos financieros propios, que no realicen intermediación financiera, salvo que el Banco Central del Paraguay, previo dictamen de la Superintendencia de Bancos, resuelva incluirlas, atendiendo al volumen de sus operaciones o su incidencia en la política monetaria, crediticia o cambiaria”.

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Cartes fue presidente de la República entre 2013 y 2018 y entonces tenía influencia en las políticas públicas del país.

Además, la Ley N° 6104, que modifica la Ley Orgánica del Banco Central del Paraguay (BCP), en su artículo 19, numeral 29, faculta al Directorio a “Establecer las condiciones para conceder y revocar licencias, regular, supervisar y sancionar a: Las entidades que actúen en el mercado financiero y de crédito con recursos financieros propios que no realicen intermediación financiera, atendiendo la importancia o el volumen de sus operaciones o su incidencia en la política monetaria, crediticia o cambiaria, previo dictamen de la Superintendencia de Bancos”.

Cartes no estaba inscripto en registro del BCP

En su momento, el BCP informó, ante un pedido del Senado en 2022, que Cartes no estaba inscripto como persona física o jurídica en el “Registro de Otorgantes de Crédito Dinerario/Casas de Crédito”. Esto a pesar de que el volumen de dinero prestado superaba incluso a financieras y casas de crédito de entonces.

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Para los fiscales, “las operaciones de préstamo se dieron en cumplimiento a las disposiciones legales y conforme a los acuerdos entre las partes, lo cual permite acreditar la inexistencia de hechos de usura en los préstamos realizados” (sic).

A esto sumaron que “el obstáculo legal que existe en el artículo 3 de la ley Nº 4673/2012, con relación al tipo penal de evasión impositiva, que pospone el inicio del ejercicio de la acción penal pública hasta la existencia de una determinación firme en sede administrativa y en caso de judicialización, el agotamiento de las instancias jurisdiccionales” (sic).

Fuente: https://www.abc.com.py/politica/2025/06/18/fiscalia-dice-que-prestamos-de-hc-y-tabacalera-a-terceros-son-legales/

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