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Corte amplía tobilleras electrónicas a casos de delitos económicos

En sesión ordinaria de este miércoles, la ministra de la ...

En sesión ordinaria de este miércoles, la ministra de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) María Carolina Llanes expuso la propuesta de ampliación de la Acordada que implementa el uso de tobilleras electrónicas. El documento fue remitido por la Oficina Técnica Penal (OTP) de la máxima autoridad judicial y el planteamiento fue aprobado por la máxima autoridad del Poder Judicial.

La sugerencia señalaba el uso de los artefactos en otras circunscripciones y también en el fuero especializada de delitos económicos. Esto en atención a que los hechos punibles que atiende esa competencia tienen rango de delitos, es decir, una expectativa de hasta 5 años de cárcel o inferior.

¿Por qué no hay ninguna tobillera electrónica en uso?

Así, los procesados por hechos relacionados a este fuero pueden ser beneficiados con medidas alternativas en general, incluyendo a partir de la aprobación de la ampliación de la citada acordada, con las tobilleras electrónicas, tanto en capital y Central, una vez que se extienda, en los fueros ordinario y especializado.

En el documento que fue remitido por la Oficina Técnica Penal a la ministra Llanes, se enumeraron los ilícitos del fuero especializado en delitos económicos, considerados no crímenes que pueden recibir esta medida de la tobillera electrónica, esto según consideren los jueces al momento de la audiencia de imposición de medidas o de revisión.

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La Policía tiene 1.000 tobilleras disponibles, hasta ahora solo se hicieron cuatro pedidos en casos de violencia familiar. Tiene un costo de G. 2.100.000 para el usuario.

Solo cuatro pedidos para uso de tobilleras

El director general del Sistema de Emergencias 911 de la Policía, Hernán Escobar, expuso que hasta ahora, solo cuatro personas solicitaron el uso de tobilleras electrónicas para cumplir arresto domiciliario y el primero de los solicitantes llegó a ser beneficiado con la medida a principios de enero, pero días después su reclusión domiciliaria le fue revocada porque cometió otro hecho punible.

Luego de ese primer caso, la Corte Suprema de Justicia emitió a finales de enero una acordada que limita el alcance de las tobilleras electrónicas limitando su uso a un solo hecho punible, el de violencia familiar, y circunscribiendo su uso exclusivamente a casos a cargo de jueces de Garantías de la ciudad de Asunción.

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Desde entonces ingresaron otros tres pedidos de aplicación de tobilleras electrónicas: uno de ellos se hallaba fuera de la circunscripción de capital y los otros dos no cumplían los requisitos técnicos necesarios, ya que sus domicilios no contaban con conexiones regulares de electricidad, un requisito debido a que los beneficiados deben mantener sus tobilleras cargadas de energía.

Escobar indicó además que, las instituciones que forman parte del Sistema de Monitoreo de Dispositivos Electrónicos de Control –la Policía Nacional, la Fiscalía y los ministerios de Interior, Justicia y Defensa Pública- solicitaron que la Corte Suprema amplíe el alcance del uso de tobilleras a todas las circunscripciones del departamento Central y a todos los delitos tipificados en la Ley 7.270 de implementación de tobilleras electrónicas.

Tobilleras electrónicas están listas y deben ser solicitadas por la defensa del imputado

Algunos requisitos para poder acceder al dispositivo

Algunos de los requisitos ineludibles para ser beneficiado con medidas alternativas a la prisión con el uso de las tobilleras electrónicas es que el favorecido no esté imputado en otra causa o no haya sido condenado anteriormente.

También de que el sistema sea un medio eficaz para el control durante el proceso o la ejecución de la condena respectiva.

Igualmente debe existir un consentimiento expreso de parte del beneficiario o de su tutor o curador según el caso, ya que se debe cubrir el costo que conlleva el uso del dispositivo.

De la misma forma es obligatorio que el reo se haya realizado un examen psicosocial o psiquiátrico según el caso, por orden judicial, a fin de que se determine si padece algún trastorno que le impida respetar el régimen de libertad.

Que el beneficiario, su tutor o curador según el caso, cuente con una línea telefónica a su nombre que permita el control permanente.

El favorecido deberá permanecer ininterrumpidamente en el perímetro geográfico y en los horarios indicados en la resolución respectiva, a cada caso, según la ley.

Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2025/05/01/corte-amplia-uso-de-tobilleras-electronicas-a-casos-de-delitos-economicos/

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