
Contraloría relaja exigencias para no bloquear desembolso a autoridades en falta
El contralor General Camilo Benítez mediante la Resolución Nº 101 actualizó la reglamentación ...
El contralor General Camilo Benítez mediante la Resolución Nº 101 actualizó la reglamentación de la presentación de las rendiciones de cuentas que deben hacer los intendentes y gobernadores del dinero que reciben desde el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), incluyendo Fonacide y royalties.
Uno de los cambios más llamativos fue que ya no pedirá el bloqueo inmediato de la transferencias si no se hace la presentación en tiempo y forma, sino que ahora solo podrá “sugerir” . Con la resolución Nº 101/2024, se deja sin efecto la resolución Nº 848/2014 de la CGR.
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La primera “actualización” es que todos los Organismos y Entidades del Estado (OEE), incluyendo las municipalidades y gobernaciones, deberán registrar, a través del sistema online, la lista de las entidades sin fines de lucro o con fines de bien social que recibirán recursos del Estado en el ejercicio vigente.
En tanto que, en segundo paso, se pide que las entidades sin fines de lucro o con fines de bien social deberán catastrarse en el sistema, para efectuar la presentación o carga de los documentos legales requeridos para su rendición de cuentas, según los plazos establecidos en el decreto reglamentario del Presupuesto General de la Nación de cada ejercicio fiscal.
Rendición de cuentas, en la página web de ContraloríaAdemás, las rendiciones de cuentas, una vez recibidas por la Contraloría General, estarán disponibles en la página web del ente, supuestamente para brindar un control ciudadano. Igualmente, ya no es necesario que se presenten en formato físico los documentos, sino solo por la web.
Si un intendente o gobernador no rendía en forma a la Contraloría los desembolsos de dinero de Royalties, Fonacide y juegos de azar, el ente control prácticamente exigía al MEF que le bloqueen los fondos. Era bien vinculante. Pero, con esta resolución, la Contraloría renuncia a la potestad de “requerir de manera inmediata al MEF la suspensión de las transferencias”.
Ahora solo “se pone en consideración del MEF la suspensión de transferencia de los recursos”. Si bien el ciudadano podrá acceder a los documentos en la web, entre que haga la denuncia y que la justicia actué, las autoridades denunciadas podrán seguir recibiendo dinero.